Clasicos Renault
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.

Nuevo Código de Circulación

+4
GTL81
jga
valente
isla7458
8 participantes

Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Nuevo Código de Circulación

Mensaje  isla7458 Mar Oct 13, 2015 7:25 pm

Creo que no se ha tratado en el Foro.

¿Alguien sabe como quedan nuestros coches, que no llevan cinturones atrás (al menos los mios) en el momento de llevar niñas pequeñas?

Yo siempre llevo a mis hijos delante, igual que mis padres me llevavan a mi.

Y entiendo que es ahí donde debo llevarlos, pues no tengo cinturones atrás, pero alguien tiene alguna experiencia al respecto?
isla7458
isla7458
Socio
Socio


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  valente Mar Oct 13, 2015 9:57 pm

intersante tema
valente
valente
Renault Alpine
Renault Alpine


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  jga Mar Oct 13, 2015 10:24 pm

Hombre.., mientras no se publique una ley que obligue a ello type (mi padre puso por ley, los cinturones delanteros al simca 1000) ninguno de nuestros coches tendrá que ir dotado de los correspondientes cinturones traseros; y la autoridad competente clap no podrá whip por ello.
Pero en nuestra conciencia queda...,yo en mis coches llevo extintor y no es obligatorio y también puse a L´agüela cinturones traseros aunque no los tengo homologados wink 
En definitiva, tu decides smokie 
MSR 20
jga
jga
Socio
Socio


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  GTL81 Mar Oct 13, 2015 10:41 pm

Creo que en lo que respecta a nuestros coches la cosa ha quedado igual que antes.  24
GTL81
GTL81
Vicepresidente
Vicepresidente


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  Palo Mar Oct 13, 2015 10:51 pm

Hay una cosa bien clara los niños sin sistema de retencion no pueden ir atras. Y al no poder ir atras solo podran ir en el asiento del copiloto si miden mas de 1, 35 mts y 40kilos de peso minimo y con el correspondiente alzador.
Palo
Palo
Socio
Socio


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  DV7 Mar Oct 13, 2015 10:56 pm

Palo escribió:Hay una cosa bien clara los niños sin sistema de retencion no pueden ir atras. Y al no poder ir atras solo podran ir en el asiento del copiloto si miden mas de 1, 35 mts y 40kilos de peso minimo y con el correspondiente alzador.

Pues yo no lo tengo tan claro, donde dices que pone eso?
DV7
DV7
Socio
Socio


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  GTL81 Miér Oct 14, 2015 12:12 am

Vamos a acojonar un poco.  36 36 36

El artículo 117 del Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, queda redactado como sigue:

«Artículo 117. Cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados.

5. La falta de instalación y la no utilización de los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención infantil homologados tendrá la consideración de infracción grave o muy grave, conforme a lo establecido en el artículo 65, apartados 4.h) y 5.ll), respectivamente, del texto articulado.»
GTL81
GTL81
Vicepresidente
Vicepresidente


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  GTL81 Miér Oct 14, 2015 12:28 am

Despues de acojonaros, 15 15 15 os dire que en su punto numero 1 pone:

1. El conductor y los ocupantes de los vehículos estarán obligados a utilizar, debidamente abrochados, los cinturones de seguridad homologados, tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas. Esta obligación, en lo que se refiere a los cinturones de seguridad, no será exigible en aquellos vehículos que no los tengan instalados.


Os dejo las modificaciones en este post.  20


[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
GTL81
GTL81
Vicepresidente
Vicepresidente


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  Palo Dom Oct 18, 2015 10:54 pm

Hola de nuevo, he consultado a la Guardia civil el tema este, y bien como el coche no tiene cinturones atras y es anterior a la ley no tiene porque llevarlos, es mas, los niños pequeños pueden ir atras aunque esten sin atar. Un saludo
Palo
Palo
Socio
Socio


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  GTL81 Dom Oct 18, 2015 10:56 pm

Lo que yo dije.  36 36 36 36
GTL81
GTL81
Vicepresidente
Vicepresidente


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  isla7458 Mar Oct 20, 2015 4:45 pm

Vale, gracias por la consulta a la GC, y la respuesta tiene su lógica.

Aunque mi mujer quiere q1ue se los ponga.
isla7458
isla7458
Socio
Socio


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  laurewini1 Vie Nov 06, 2015 11:09 pm

Yo si cargara a los niños a menudo no lo dudaría y pondría los cinturones traseros. Yo de mano, no me atrevo a cargar a ningún menor atrás por lo que pueda pasar. 

31
laurewini1
laurewini1
Socio
Socio


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty cinturones

Mensaje  Telemaco Vie Dic 18, 2015 2:59 pm

Refloto el hilo por añadir un poco mas de info dado que la normativa ha cambiado de nuevo y aun es mas restrictiva.
Es el unico hilo que he encontrado en el buscador, pero si algun moderador encuentra otro hilo de similares caracteristicas y cree conveniente unificarlos o poner este post duplicado en otro hilo, no hay mayor inconveniente. Al tema:

Solo añadir un poco mas de informacion sobre el tema.
Con su permiso, paso a transcribir los correos intercambiados con un experto de la Fundacion Mapfre sobre Seguridad Vial y en concreto sobre dicho tema.  https://sillasdecoche.fundacionmapfre.org/infantiles/

No conservo copia de las preguntas salvo en una, ya que las mismas se realizaron directamente en su Web

Primera respuesta despues de preguntar como afectaba todo esto a los vehiculos que no tienen cintos traseros...

En respuesta a su consulta Consulta al experto de Sillitas Infantiles , realizada el 02/12/2015 - 20:58:53, le comunicamos que:

Ante todo, entendemos sus dudas, y cuando se trata de garantizar la seguridad de los más pequeños somos los primeros que queremos ser de ayuda. La legislación vigente
tiene previstos los casos en los que no es posible instalar los sistemas de retención infantil en las plazas traseras porque no existan cinturones de seguridad,
y como bien apunta, sería mediante un anclaje de tipo ISOFIX, que también sirve para las nuevas homologaciones como i-Size. Aquí dispone de más información sobre
este sistema ISOFIX: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] y también sobre la homologación i-Size: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

Tenga en cuenta que las reformas de la ley, y los diferentes sistemas de retención infantil se desarrollan atendiendo a las nuevas generaciones de automóviles,
y como es lógico, tienen prevista la compatibilidad de dichos sistemas con vehículos de mayor antigüedad. No es viable legislar a un nivel de detalle tan individual,
y entendemos que la ley se ha reformado por el bien de todos, y en especial en aras de mejorar la seguridad de los más pequeños en sus desplazamientos.

Si podemos serle de ayuda para resolver cualquier duda en cuanto a la instalación de la silla infantil, o de cualquier otro particular, no dude en escribirnos de
nuevo.

Gracias por confiar en nosotros.
Reciba un cordial saludo.

FUNDACION MAPFRE




Logicamente esto no termina de aclaranos nada, asi que, insistí sobre el tema....

Buenos dias.
Insisto un poco sobre el tema porque no me acaba de quedar claro. Segun he creido entender, parece que para la sujeccion correcta de los SRI´s no es necesario que dispongamos de cinturones traseros, pero si los vehiculos que no disponen de ellos y que ademas, no se les permite su instalacion, no entiendo como van a llevar sistemas ixofix, ni siquiera que se puedan montar a posteriori con su correspondiente homologacion sobre el vehiculo, ya que esto mismo no se hace con la instalacion de cinturones traseros cuando no existe preinstalacion de serie.
Entiendo que la legislacion sobre este tema sea con caracter general y no contemple aspectos tan concretos como estos, pero no estoy de acuerdo con que sean casos puntuales, ya que en España existen cientos de clubs de ahutomoviles clasicos e historicos, algo que ciertamente esta en auge, y afecta a muchas personas que ademas de poseer un vehiculo de estas caracteristicas, gustan de salir con él incluso para uso diario junto con su familia en vez de tenerlo de exposicion en una vitrina.
Puesto que dichos coches en su momento cumplian con lo ordenado en la homologacion en cuanto a su permisibilidad para circular con menores, no es de recibo que no puedan hacerlo ajustandose a la normativa.
Con la legislacion anterior, los menores de 3 años al menos podian ir en el asiento delantero con su correspondiente SRI sujeto por el cinturon, y lo de 3 años o mas, ir en los asientos traseros sin cinturon por estar exentos de ello en dicho tipo de vehiculos.
Como esa no era la verdadera solucion, los que se han preocupado por el tema han intentado instalar cinturones traseros con mayor o menor suerte, y muchos nos hemos tpoado con que para homologar dicha instalacion, si no viene la preinstalacion de serie, deberiamos hacer obligatoriamente un crash-test con nuestro vehiculo para poder comprobar la eficacia de los nuevos cinturones.
Dado que esto es inviable, nos encontramos con que los que ya hemos instalado cinturones atras de forma alegal estamos al albur del oficial de turno, bien sea ITV o bien los agentes encargados de la vigilancia y cumplimiento de la LTCSV.
En determinadas situaciones, las ITV hacen vista gorda, en otras, simplemente te obligan a quitarlos para volver a ponerlos nada mas pasar la ITV.
Los agentes de trafico, unas veces te dan los parabienes, ya que siempre es mejor ir sujeto con un cinturon que ir sin nada, y otros te denuncian por incorporar elementos de seguridad no homologados.
Tal como ha quedado la modificacion del tema de los cinturones y de los SRI´s infantiles entendemos que los vehiculos que no dispongan de cinturones traseros y no se pueda instalar los mismos o otros tipos de anclajes tipo isofix por ser imposible a dia de hoy su homologacion sobre dicho vehiculo, no son aptos para poder llevar a menores de estatura inferior a 1,35 en ninguna de sus plazas.
Si no estoy en lo cierto o hay alguna posible aclaracion, le agradezco enormemente las molestias que se ha tomado en responderme.
Un saludo


La respuesta fue.....

En respuesta a su consulta Consulta al experto de Sillitas Infantiles , realizada el 07/12/2015 - 11:20:07, le comunicamos que:

Estimado José Ángel, muchas gracias por trasladarnos su consulta extendida sobre el particular. En él vemos dos puntos principales: la imposibilidad de montar cinturones
de seguridad traseros porque no es viable su homologación; y el uso e instalación de un sistema ISOFIX. En ambos casos estaría a expensas de que se hayan realizado
pruebas de homologación pertinentes para ambos sistemas, pero no necesariamente con su propio vehículo, sino con ese modelo, en el pasado o en el presente, con
la ayuda del fabricante. En este punto, ¿le han pedido homologación y prueba de crash test con su propio vehículo?

Por otro lado entendemos la problemática de poseer un vehículo de estas características y que tiene su propio marco legal, pero por lo que respecta a la ley, nos
tememos que es muy clara y concisa en este aspecto. Añadiremos que, en casos puntuales, puede parecer injusta, pero como argumentábamos en el email anterior, lamentablemente
no es posible legislar, a veces, para casos minoritarios (comprendiendo que, efectivamente, existen muchos clubes de coches clásicos, y cada vez más).

Aquí hemos de tener en cuenta, por decirlo así, dos leyes de forma simultánea: si su vehículo está matriculado antes de 1988, está exento de la obligación de disponer
de cinturones de seguridad en los asientos traseros. Sin embargo, los menores de tres años (y en general los menores de 18 años y menos de 135 cm de estatura) no
pueden viajar sin el correspondiente SRI homologado y adaptado a su estatura y peso.


En este sentido, mucho nos tememos que no exista una solución alternativa a las expuestas tanto en su pregunta como en la presente respuesta. Agradecemos enormemente
su confianza.

Gracias por confiar en nosotros.
Reciba un cordial saludo.

FUNDACION MAPFRE



Creo que queda claro, no?

Telemaco
Renault Alpine
Renault Alpine


Volver arriba Ir abajo

Nuevo Código de Circulación Empty Re: Nuevo Código de Circulación

Mensaje  Contenido patrocinado


Contenido patrocinado


Volver arriba Ir abajo

Volver arriba

- Temas similares

 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.